jueves, 28 de abril de 2016

INFORME SOCIAL

   INFORME SOCIAL



Emitido por: Subdirección de Protección a la Infancia y Tutela.

Motivo: Coordinación de los Servicios Sociales de Murcia con los Servicios Sociales de Zaragoza

Fecha de emisión: 26 de Mayo de 2016

Solicitante: La familia Fernández- Rodríguez



1. HISTORIA PERSONAL Y FAMILIAR

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR:

Laura Josefina Fernández López nacida el 28 de octubre de 1978   DNI: 75804498- X
Pedro José Gutiérrez Mariscal nacido el 23 de julio de1974  DNI: 69804521-Y
Regina Gutiérrez Fernández nacida el 10 de enero de 2006


DOMICILIO:

C/ Barcelona nº 12, Zaragoza

TELÉFONO DE CONTACTO: 976 70 02 10

1. SITUACION SOCIO-FAMILIAR:

Pedro José de 42 años y Laura Josefina  de 38 años,  son un matrimonio que llevan casados 14 años y tiene una niña, llamada Regina de 10 años.

Laura procede de Cartagena, allí reside su familia, donde están su madre y sus 3 hermanos y sus respectivos hijos. Actualmente, tienen una mala relación, apenas se hablan por problemas económicos y familiares.

Pedro José procede de Madrid, pero su familia reside en Almería. Allí viven su madre, su hermana pequeña y sus otros dos hermanos. Generalmente, tienen una buena relación, a través del contacto teléfono y suelen compartir tiempo en el período estival.

2. SITUACIÓN LABORAL Y ECONÓMICA:

Los solicitantes, actualmente ambos tiene una situación laboral activa.
Laura, en primer lugar trabajó en la sección de limpieza del hospital universitario Miguel Servet, posteriormente estuvo casi dos años en situación de desempleo. Mientras estaba cobrando la prestación, realizó un curso en el INAEM de monitor de tiempo libre y actualmente trabaja de monitoria de comedor en el Colegio Público Ricardo Mur. Su sueldo es de 698 euros al mes.

Por su parte, Pedro José Gutiérrez Mariscal, entró al ejército con dieciséis años como soldado y fue ascendiendo según el reglamento interno del ejército ejerciendo en todas las escalas, pasando de suboficial a oficial. En la actualidad está en espera de ascender a comandante. Realizo estudios y se especializó en electricidad (estudios equivalentes a la universidad realizados dentro del ejército).
Su sueldo es el estipulado para el Ministerio de Defensa dentro de su graduación, es un sueldo que ronda los  2500 euros.

3. SITUACIÓN DE LA VIVIENDA:
La familia Gutiérrez Fernández vive en un cuarto piso, en el número 12 de la calle Barcelona de Zaragoza. Es una vivienda alquilada por que la que pagan 600€ al mes. El edificio es viejo, pero el piso por dentro se encuentra totalmente reformado. Tiene cuatro habitaciones, dos baños, cocina y salón. La vivienda tiene 90 m2, siendo la habitación de Regina la más amplia de todas con 12m2. La vivienda está equipada con calefacción central y aparatos de aire acondicionado en el salón y en la habitación de Laura y Pedro.

Durante el día el barrio en el que se encuentra la vivienda, es un barrio tranquilo en el que la mayoría de la población son familias jóvenes con hijos. El barrio cuenta con dos colegios públicos y un instituto. Como es un barrio familiar hay varios parques, zonas verdes, supermercados, tiendas tradicionales, etc.

También hay una ludoteca y una biblioteca públicas escasos metros de donde vive la familia Gutiérrez. Regina pasa muchas tardes allí con otros compañeros realizando talleres, actividades lúdicas y deberes.


4. SITUACIÓN SANITARIA:
Laura Josefina Fernández López: litiasis renal y lesiones en la columna vertebral (principio de hernia discal).

Pedro José Gutiérrez Mariscal: no muestra enfermedades graves pero presenta alergias a diversos factores ambientales y a un derivado de la penicilina.

Regina Gutiérrez Fernández: Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad, TDAH.


5. DIAGNÓSTICO DE LAS NECESIDADES DE LA UNIDAD FAMILIAR

Actualmente, la familia se encuentra en una situación económica estable, sin embargo Laura se encuentra sobrecargada con la futura llegada de sus dos sobrinas, las tareas del hogar, el trabajo y sobre todo el déficit que padece su hija Regina. Ante esta situación, siente miedo, inseguridad y ansiedad.

Por su parte, su marido está preocupado por ella, ya que teme que caiga en un neurosis.

Respecto, a las dos futuros niñas, tienen problemas de lectura y escritura, ya que sus padres biológicos no se preocupan demasiado por llevarlas al colegio, hacer los deberes con ellas, etc. Por otro lado, está el proceso de adaptación de las pequeñas en el nuevo hogar familiar y sobre todo en el colegio al que acudirán. Ya que, al no tener el mismo nivel que otros niños de su edad, pueden caer en una exclusión por parte de sus compañeros.



Valorada la situación,  en primer lugar hay están las menores de edad.

SE PROPONE, respecto a la adopción un Servicio de información y orientación especializada para la adopción. Este servicio ofrece a las familias solicitantes de la adopción y personas interesadas una información inicial, detallada y minuciosa sobre el proceso de adopción (nacional a internacional). Trata de favorecer el conocimiento de la adopción en su totalidad y facilitar la toma de decisiones a las personas interesadas. Es una prestación de naturaleza esencial y gratuita. Se le aplica la siguiente normativa:

- Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y la cooperación en materia de Adopción Internacional de 29 de mayo de 1993 y su instrumento de ratificación, en Madrid 30 de junio de 1995. (BOE 182, 1 de agosto de 1995). –
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (BOE 15, 17 de enero de 1996). –
Ley 54/2007, de 28 diciembre, de Adopción Internacional. (BOE 312, 29 de diciembre de 2007) –
Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia en Aragón (BOA 86, 20 de julio de 2001). –
Decreto 67/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Aragonés de la Adopción. (BOA 53, 5 de mayo de 2003). –
 Decreto 188/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento administrativo previo a la adopción nacional e internacional de menores. (BOA 120, 7 de octubre de 2005).

En relación a los Servicios Sociales Especializados, tienen una prestación para los acogimientos familiares y la adopción que ofrece:
Ø  Acogimiento familiar no preadoptivo.
Ø  Acogimiento familiar temporal de menores extranjeros.
Ø  Formación para la adopción
Ø  Apoyo a la adopción internacional.

Por otro lado, está GUSANTINA, que es un Centro Infantil gestionado por la A.V.V Lanuza – Casco Viejo, que desarrollo una labor educativa con los/as niños/as y familias de los barrios.
El trabajo del Centro se orienta a partes de tres objetivos generales:

Ø  Prevenir la marginación infantil, mejorando la calidad de vida de los niños y las niñas del barrio.
Ø  Crear espacio de convivencia, integración y tolerancia entre niños/as y familias de distintos grupos sociales del barrio.
Ø  Apoyar la coordinación de todos los recursos y programas que intervienen en la vida de los niños y niñas para respuestas adecuadas y eficaces.

El IASS (Instituto Aragonés de Servicios Sociales), tiene diferentes secciones. En una de ellas “MENORES” se encuentra la adopción nacional.

La adopción de menores que se encuentras en situación de protección por parte de la Administración Pública, es una medida para dar al menos un núcleo de convivencia familiar, en sustitución del propio, de forma definitiva, cuando las circunstancias del menor y su familia lo requieren.

A través de la adopción, las menores se integran en el núcleo familiar de los adoptantes, con iguales derechos y deberes que los hijos biológicos. Este procedimiento, es irrevocable y conlleva a la extinción de los vínculos jurídicos entre el menor y su anterior familiar.

El procedimiento juridicial para la adopción nacional está regulado por el Código Civil y es común en todo el Estado Español. Cada comunidad autónoma puede organizar el procedimiento administrativo, que es previo al judicial, de forma propia.

El organismo que se encarga de la adopción en Aragón es El Instituto Aragonés de Servicios Sociales es el responsable de la gestión del procedimiento previo a la propuesta de adopción que se hace al juez, incluida la formalización del correspondiente acogimiento preadoptivo.

Es su obligación ofrecer:
o   Gratuidad total.
o   Apoyo institucional a lo largo de la totalidad del proceso.

Al Consejo Aragonés de Adopción le corresponde acordar los acogimientos preadoptivos y formular propuestas en el procedimiento previo a la adopción, basadas en los informes elaborados por los equipos técnicos.

o   Las personas que pueden solicitar la adopción son:
o   Las personas mayores de 25 años. En caso de ser pareja, basta que una de las dos tenga dicha edad.
o   La persona que adopta deberá tener, al menos, 14 años más que la adoptada.
o   Salvo que las características del menor aconsejen lo contrario, tendrán preferencia para adoptar las personas residentes en Aragón y los residentes fuera de Aragón que conserven la vecindad civil aragonesa.


Ø  Para solicitar una adopción nacional se deben seguir los siguientes pasos:

o   Asistencia a una sesión informativa en la que se informa de los trámites y las singularidades que comporta una adopción: qué menores son susceptibles de ser adoptados, cuál es su procedencia, qué características presentan, qué tipos de acogimientos existen, cuál es el proceso a seguir hasta finalizar una adopción…
o   Solicitud de acogimiento preadoptivo.
o   Cumplimentación del Cuestionario de acogimiento preadoptivo por parte de las personas adoptantes.
o   Presentación de la documentación requerida en la Direcciones Provinciales del IASS o en cualquiera de los Registros oficiales.

La documentación que se requiere para presentar la solicitud son:
Solicitud de acogimiento preadoptivo.
Certificado de asistencia a la sesión informativa.
Cuestionario de acogimiento preadoptivo cumplimentado.
Fotocopia de los NIF de las personas solicitantes.
Partidas literales de nacimiento de cada solicitante.
o   Partidas literales de matrimonio, si los solicitantes están casados o Certificado de inscripción en el Registro como pareja de hecho.
o   Fotocopia del Libro de Familia.
o   Fotografía de ambos (tamaño carnet).
o   Fotocopia de la última declaración del IRPF individual o conjunta.
o   Certificado de empadronamiento.
o   Certificado médico, expedido por el médico de cabecera.

Ø  Tramitación del expediente de adopción.
Una vez presentada toda la documentación e inscritas las personas solicitantes en el correspondiente libro de registro de menores, se inicia el proceso de valoración de idoneidad (estudio psicosocial), que dará lugar a una resolución de idoneidad.
La idoneidad de los solicitantes es requisito indispensable para la continuación del procedimiento, pero no garantiza la adopción.
Con carácter previo a la propuesta de adopción, el IASS propone la formalización de un acogimiento preadoptivo con el fin de comprobar la adaptación del menor en la familia.
Las propuestas de adopción son fundamentadas por los técnicos y aprobadas por el Consejo Aragonés de la Adopción.












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